Normativa y marcados

Protección ocular

NORMATIVA EN166:2001 (Protección Individual de los ojos Especificaicones)

Esta norma europea especifica los requisitos funcionales para diferentes tipos de protectores individuales de los ojos. Esta norma es aplicable a todos los tipos de protectores individuales de los ojos que se utilizan contra distintos riesgos, tal como se dan en la industria, laboratorios, etc. Que puede producir lesiones en los ojos o alteraciones de la visión, con la excepción de la radiación neclear, rayos X, rayos láser y radiación infrarroja emitida por fuentes a baja temperatura.

La función de los protectores de los ojos consiste en proporcionar protección frente a:

  • Impactos de distinta intensidad
  • Radiaciones ópticas
  • Metales fundidos y sólidos candentes
  • Gotas y salpicaduras
  • Polvo
  • Gases
  • Arcos Eléctricos de circuito corto

Se especifican requisitos opcionales para características adicionales de los protectores oculares que, en función del trabajo, puedan considerarse beneficiosas para el usuario.

  • Resistencia al deterioro superficial por partículas finas
  • Resistencia de los oculares al empañamiento
  • Resistencia con alta reflectancia en el infrarrojo
  • Protección contra partículas a gran velocidad a temperaturas extremas

Esta norma Europea incorpora disposiciones de otras publicaciones por su referencia.

Marcado

NORMATIVA EN169:2002 (Filtros para Soldadura)

Esta norma europea especifica las clases de protección y las especificaciones del coeficiente de transmisión de los filtros destinados a la protección de los operarios que realizan trabajos relacionados con el soldeo, cobresoldeo, resanado por arco-aire y corte por chorro de plasma. También incluye especificaciones para los filtros de soldadura con doble clase de protección.

Para la protección personal del operario, el filtro debe estar montado en un protector ocular adecuado. Para la selección de la clase de protección de un filtro para soldadura o técnicas relacionadas hay muchos factores involucrados:

  • Para el soldeo por llama y técnicas relacionadas, como el cobresoldea, esta norma se refiere al caudal de gas a través de los quemadores.
  • Para el soldeo por arco, resanado por arco-aire y corte por chorro de plasma, la intensidad de la corriente es un factor esencial. Para el soldeo por arco, el tipo de arco y el tipo de metal base también deben considerarse.
  • Otros parámetro que influyen pero cuyos efectos son difíciles de evaluar:
    • La posición del operario relativa a la llama o al arco.
    • La iluminación ambiental.
    • Los factores humanos.

NORMATIVA EN170:2002 (Filtros para el Ultravioleta)

Esta norma europea especifica las clases de protección y las especificaciones relativas al coeficiente de transmisión de los filtros para la protección contra la radiación ultravioleta.

NORMATIVA EN171:2002 (Filtros para el Infrarrojo)

Esta norma europea especifica las clases de protección y las especificaciones relativas al coeficiente de transmisión de los filtros para la protección contra la radiación infrarroja.

La clase de protección de los filtros para el infrarrojo se compone de código 4, más el grado de protección del filtro, de 1,2 a 10:

Los filtros para el infrarrojo deberían proteger al usuario con la radiación permitiendo al mismo tiempo una visión correcta la tarea visual que ejecute. Se necesita cuidar que las coordenadas cromáticas de los filtros sean compatibles con un buen reconocimiento de los colores.

NORMATIVA EN172:1994/A2:2001 (Filtros de Protección solar para uso laboral)

Esta norma define los números de escala y requisitos del coeficiente de transmisión correspondiente a los filtros solares de uso laboral.

El número de escala de un filtro solar está constituido por el número 5 (filtro sin requisito de protección en el Infrarrojo) o 6 (filtro con requisito de protección en el infrarrojo) y el grado de protección del filtro:

  • Filtros fotocrómicos. Los grados de protección vienen determiandos por el coeficiente de transmisión en el visible en estado claro Ƭ0 y después de ser sometido a radiación durante 15 min Ƭ1. Para los filtros fotocrómicos, Ƭ0/ Ƭ1 debe ser mayor o igual a 1,25.
  • Filtros Polarizantes. Las gafas solares equipadas con filtros polarizantes deben estar montadas de tal forma que el plano de polarización no se desvíe más del ±3% de la vertical, o de la dirección nominal si ambas no coinciden.
  • Filtros degradados: Los grados de protección de los filtros degradados vienen determinados por la zona más clara y la más oscura comprendidas en un círculo de radio 15 mm alrededor del centro geométrico para los filtros no montados o del centro visual para los filtros montados.

NORMATIVA EN167:2001 (Métodos de ensayo ópticos)

Esta norma europea especifica los métodos de ensayo ópticos para los protectores oculares cuyos requisitos vienen dados en otras normas europeas.

  • Ensayo de potencias refractivas esférica, astigmática y prismática. El ensayo se realiza: De oculares no montados que cubren un solo ojo. Y de oculares no montados que cubren ambos ojos y de oculares montados (gafas de montura universal, de monetus integral y pantallas faciales).
  • Ensayo de difución de la luz. Hay diferentes métodos de Ensayo: Método básico y Método Simplificado.
  • Evaluación de la calidad del material y de la superficie.
  • Determinación de la transmitancia.
  • Determinación de las variaciones de la transmitancia luminosa: El ensayo se realiza: oculares no montados que cubren un solo ojo, oculares montados y no montados que cubren ambos ojos, método para corregir la transmitancia en función de las variaciones de espesor del ocular.
  • Determinación de la reflectancia espectral en el infrarrojo.

NORMATIVA EN168:2001 (Métodos de ensayo no ópticos)

Esta norma europea especifica de los métodos de ensayo no ópticos para los protectores de los ojos cuyos requisitos se especifican en otras normas europeas.

  • Ensayo de resistencia mecánica incrementada: en Oculares no montados y Protectoes de los ojos completos y monturas.
  • Ensayo de resistencia mecánica mínima de oculares con efecto filtrante y cubrefiltros.
  • Ensayo de Estabilidad a elevada temperatura.
  • Ensayo de resistencia a la radiación Ultravioleta.
  • Ensayo de resistencia a la inflamabilidad.
  • Ensayo de Resistencia a la corrosión.
  • Ensayo de Resistencia al impacto de partículas lanzadas a gran velocidad y resistencia al impacto de partículas lanzadas a gran velocidad a temperaturas extremas.
  • Ensayo de protección contra metales fundidos: ensayo de no adherencia de metales fundidos o Medida de la zona protegido por las pantallas faciales.
  • Ensayo para la resistencia a la penetración de sólidos candentes.
  • Ensayo de protección contra gotas y salpicaduras de líquidos: Ensayo de protección contra gotas (para protectores de tipo gafa integral), ensayo de protección contra salpícaduras de líquidos (para pantallas faciales).
  • Ensayo de Protección contra partículas de polvo gruesas.
  • Ensayo para la protección contra gases y partículas de polvo finas.
  • Ensayo para la resistencia al deterioro superficial por partículas finas.
  • Ensayo para resistencia de oculares al empañamiento.
  • Cabeza artificial.
  • Valoración del campo visual.
  • Evaluación de la protección Lateral.

NORMATIVA EN207:2010 (Gafas y filtros de protección contra la radiación láser)

La norma europea se aplica a los protectores de los ojos utilizados contra la radiación láser, conforma a la norma 60825-1:1994 (es decir, la radiación DEL (Diodos Electroliminiscentes) está incluida), en la banda espectral comprendida entre los 180 nm y 1000 nm. En ella se definen los requisitos, métodos de ensayo y marcado.

Marcado: Para su identificación, sobre las monturas o los filtros deben marcarse de forma duradera los siguientes datos:

  • El símbolo para las condiciones de ensayo.
  • Longitud de onda o banda espectral para las que el filtro garantiza la protección.
  • Grado de Protección.
  • Identificación del fabricante.
  • Marca de certificación, si ha lugar.
  • Si el protector de los ojos satisface los requisitos de resistencia mecánica.

NORMATIVA EN208:2009 (Gafas de Protección para Trabajos de Ajustes y Sistemas Láser)

Esta norma europea se aplica a los filtros y protectores de los ojos de ajuste láser. Se trata de filtros y gafas de protección usados durante los trabajos de ajuste de láseres y los sistemas láser, en los que la radiación peligrosa se produce en la banda espectral visible comprendida en los 400 nm y 700 nm. Los filtros que se especifican en esta norma europea reducen esta radiación hasta los valores definidos para láseres de clase 2.

Esta norma europea define requisitos, métodos de ensayo y marcado.

Marcado: Para su identificación sobre las monturas o los filtros debe marcarse los siguientes elementos:

  • Potencia másxima del láser en Watios y energía máxima de los pulsos en julios para los que el filtro proporciona protección.
  • Longitud de onda o banda espectral en nm para la que se diseñan las gafas/protector ocular.
  • La clase de protección.
  • Si no se ensaya el protector ocular con tasa de baja repetición, la letra Y se debe añadir tras la clase de protección, por ejemplo RB5Y.
  • La marca de identificación del fabricante.
  • Marca de certificación, si ha lugar.
  • Sobre la montura, las palabra “gafas de ajuste”
  • Si el protectos de los ojos satisface los requisitos de resistencia mecánica, debe añadirse una de las marcas específicas de la Norma EN166:2001.

NORMATIVA EN1731:1997 (Protectores Oculares y Faciales de Malla)

Esta norma europea especifica los requisitos relativos a materiales, diseño, exigencias de eficacia, métodos de ensayo y marcado de los protectores oculares y faciales de malla. Esta norma no es aplicable a los protectores oculares y faciales usados frente a salpicaduras de líquidos, riesgos por sólidos calientes, riesgos eléctricos, radiaciones infrarrojas y ultravioletas.

El material del protector ocular y facial de malla debe de ser: resistente a la corrosión, resistente a la inflamabilidad, resistente a productos de limpieza y desinfección, inocuidad de los materiales, número de orificios en la malla mínimo de 15 cm2.

El marcado de los protectores oculares y faciales de malla debe contener la siguiente información:

  • Identificación del fabricante.
  • Número de la norma.
  • Símibolo de resistencia mecánica.

Protección auditiva

NORMATIVA EN352-2:2003 (Protectores Auditivos – Tapones)

La Norma europea EN352 sobre “Protectores auditivos. Requisitos generales. Tapones” establece los requisitos para los equipos de protección individual auditiva en relación con la Directiva 89/686/CEE sobre equipos de protección individual.

El requisito específico relacionado con la capacidad de los protectores auditivos de reducir el ruido por debajo límites diarios se considera en la norma requiriendo que la atenuación acústica del protectos auditivo, no sea menos de un determinado valor mínimo. Esta parte de la norma especifica los requisitos de construcción, diseño, prestaciones, marcado e información al usuario para los tapones. En particular, especifica la atenuación acústica de los tapones. Se refiere principalmente a las prestaciones físicas, y acústica de los tapones. Incluye a los tapones desechables, reutilizables, personalizados y tapones con arnés.

La siguiente información debe suministrarse con los tapones:

  • El número de esta norma europea.
  • El nombre, marca comercial o cualquier otro medio de identificación del fabricante.
  • La denominación del modelo.
  • Si es el caso, “este modelo de tapones ha satisfecho el requisito opcional a -20ºC.
  • Materiales del arnés.
  • Instrucciones de colocación y uso, que deben indicar la necesidad de una adaptación apropiada.
  • Excepto para los tapones personalizados y para los semi-aurales, la asignación de diámetro nominal i rango de diámetros de los tapones.
  • Para tapones con arnés, el rango de tamaños de los tapones para cada modo de uso.
  • Para cada modo de colocación, los valores de atenuación acústica.
  • La recomendación de que el usuario debería asegurarse de que: los tapones se coloquen, ajusten y mantengan de acuerdo con las instrucciones del fabricante, los tapones se lleven permanentemente en los lugares ruidosos. Si los tapones son reutilizables, revisar resularmente su condición de uso.
  • Una advertencia, de que si no se respetan las recomendaciones, la protección ofrecida por los tapones se verá severamente dañada.
  • Para tapones que están unidos con un cordón, la advertencia de que no deberían usarse donde haya riesgo de que el cordón pudiera ser enganchado durante su uso.
  • Si los tapones están marcado como reutilizables, los métodos de limpieza y desinfección y obligar al uso de productos que no se conozca que sean nocivos para los usuarios.
  • “Ciertas sustancias químicas pueden producir un efecto adverso sobre este productos. Para más información debería contactarse con el fabricante.
  • Las condiciones recomendables para su almacenamiento.
  • La masa media de los tapones redondeadas al gramo.
  • La dirección a la que pueden dirigirse para obtener información adicional.

NORMATIVA EN352-1:2003 (Protectores Auditivos – Orejeras)

La norma europea En352-1 especifica los requisitos de construcción, diseño, prestaciones, marcado e información al usuario para las orejeras. En particular, especifica la atenuación acústica de las orejeras. Esta parte de la norma no trata las orejeras acopladas a cascos de protección o de las orejeras que forman parte de un casco.

La siguiente información debe suministrarse con las orejeras:

  • El número de esta norma europea.
  • El nombre, marca comercial o identificación del fabricante.
  • La denominación del modelo.
  • Este modelo de orejera cumple los requisitos opcionales a +50ºC ó -2ºC.
  • Materiales del arnés y de las almohadillas.
  • Método de colocación/ajuste.
  • El rango de tamaños de las orejeras para cada modo de colocación.
  • Para cada modo de colocación, los valores de atenuación acústica.
  • La recomendación de que el usuario debería asegurarse de que: la orejera se coloque, ajuste y mantenga siguiendo las instrucciones del fabricante, la orejera se lleve permanentemente en los lugares ruidosos, la orejera se revise regularmente.
  • Una advertencia de que si no se respetan las recomendaciones dadas, a protección ofrecida por la orejera se verá severamente dañada.
  • Métodos de limpieza y desinfección.
  • Ciertas sustancias químicas pueden producir un efecto adverso sobre este producto. Para más información contactar al fabricante.
  • La orejera y particularmente las almohadillas pueden deteriorarse con el uso, por tanto, deberían ser examinadas periódicamente para detectar, fisuras o fugas.
  • Las condiciones recomendables de almacenamiento y uso.
  • La denominación y cualquier otro dato para solicitar almohadillas de repuesto.
  • El Método de sustitución de almohadillas.
  • La masa media de la orejera.
  • La dirección a la que dirigirse para solicitar más información.

Protección respiratorio

NORMATIVA EN140:1998 (Equipos de Protección Respiratoria – Medias Máscaras y Cuartos de Máscara)

Un equipo de protección respiratoria determinado sólo puede aprobarse cuando sus componentes individuales satisfagan los requisitos de las especificaciones de ensayo, y si los ensayos de comportamiento práctico con el equipo completo se han superado con éxito, cuando estos ensayos se especifiquen en la norma correspondiente.

Esta norma europea especifica los requisitos mínimos a cumplir por las medias máscaras y cuartos de máscara para utilizarse como parte de equipos de protección respiratoria. Se incluyen los ensayos de laboratorio y los ensayos de comportamiento práctico para asegurar el cumplimiento de los requisitos.

Una media máscara es un adaptador facial que recubre la nariz, boca y el mentón. Un cuarto de máscara es un adaptador que recubre la nariz y la boca. El aire penetra en el interior del adaptador facial que recubre la nariz y la boca. El aire exhalado es expulsado directamente al medio ambiente por medio de una/varias válvulas de exhalación.

Requisitos que deben cumplir todas la muestras de ensayo:

  • La temperatura ambiente debe ser de 24 a 8 ºC. y la humedad relativa debe ser 50-30%.
  • Las partes expuestas deben contener la menor cantidad de aluminio, magnesio, titanio o metales.
  • Resistencia a la temperatura.
  • Inflamabilidad.
  • Componentes desmontables: deben conectarse fácilmente.
  • Componentes sustituibles.
  • Arnés de cabeza.
  • Conector.
  • Válvulas de inhalación y exhalación.
  • Materiales compatibles con la piel.
  • Resistencia a la respirabilidad, no debe superar los 2mbar para la inhalación y los 3mbar para la exhalación cuando se ensaya con una máquina respiratoria.
  • Fuga hacia el interior, no debe superar un 5%.
  • Campo de visión.
  • Comportamiento práctico.

Información al usuario:

  • Aplicaciones/limitaciones.
  • Controles antes de la utilización.
  • Colocación y ajuste.
  • Utilización.
  • Limpieza/desinfección.
  • Mantenimiento.
  • Almacenamiento.
  • Fecha de caducidad.
  • Debe advertirse sobre los problemas habituales que puedan surgir.

NORMATIVA EN143:2000 (Equipos de Protección Respiratoria – Filtros contra Partículas)

Esta norma europea especifica filtros contra partículas para su utilización como componentes de equipos de protección respiratoria no asistidos, exceptuando los equpos de escape y mascarillas autofiltrantes.

El aire entra en el filtros contra partículas y pasan al adaptador facial despuñes de que se hayan eliminado dichas partículas. Los filtros pueden clasificarse como: P1, P2, P3, en orden de eficacia ascendentes.

Los filtros deben satisfacer los siguientes requisitos en todos los ensayos de todas las muestras:

  • La temperatura ambiente para el ensayo debe ser de entre 24-8ºC, excepto para los ensayos mecánicos en los que se empleará una temperatura de entre 20 y 10ºC
  • Inspección Visual
  • La conexión debe ser fuerte y estanca.
  • La masa máxima del filtro diseñado para su utilización conectado directamente a medias máscaras es de 300 g.
  • Filtros Múltiples, el conjunto completo de filtros que integren el dispositivo debe cumplir todos los requisitos. En la información suministrada por el fabricante debe proporcionarse toda la información necesaria sobre el empleo de filtros múltiples
  • Materiales, El filtro debe estar fabricado para resistir un uso normal y exposiciones a temperaturas, humedades, ambientes corrosivos…
  • Resistencia mecánica, después del ensayo, los filtros no deben mostrar daños.
  • Acondicionamiento Térmico
  • Resistencia a la respiración
  • Penetración del filtro

NORMATIVA EN14387:2004 + A1:2008 (Equipos de Protección Respiratoria – Filtros contra gases y filtros Combinados)

Esta norma europea se aplica a los filtros para gases y filtros combinados que se utilizan como componentes en los equipos de protección respiratoria no asistidos. Los filtros para CO quedan excluidos de esta norma.

El aire entra a través de uno o más filtros de gases o filtros combinados y pasa al interior del adaptador facial tras haberse eliminado los gases y vapores, o gases, vapores y partículas.

Tipos de Filtros:

A: para uso frente a ciertos gases y vapores orgánicos con punto de ebullición superior a 65ºC.

B: Para uso frente a ciertos gases y vapores inorgánicos.

E: Para uso frente a dioxido de azufre y otros gases y vapores ácidos.

K: Para uso frente a amoniaco y derivados orgánicos.

AX: Para uso frente a ciertos gases y vapores orgánicos con puntos de ebullición igual o inferior a 65ºC. Son filtros no reutilizables.

SX: Para uso frente a gases y vapres específicos.

Filtros Múltiples para gases: Son una combinación de dos o más de los anteriormente mencionados, excluyendo los filtros de tipo SX.

Filtros Combinados: Filtros para gasos o filtros múltiples que incorporan un filtro de párticulas.

Los filtros para gases de tipo A, B, E y K se clasifican según su capacidad:

  • Clase 1: Filtros de baja capacidad.
  • Clase 2: Filtros de capacidad media.
  • Clase 3: Filtros de capacidad alta.

Marcado de filtros contra gases y vapores según su capacidad

NORMATIVA EN405:2001+A1:2009 (Equipos de Protección Respiratoria – Medias Máscaras Filtrantes con válvulas para la protección contra gases o contra gases y partículas)

Esta norma europea especifica los requisitos de funcionamientos, métodos de ensayo y requisitos de marcado para las medias máscaras filtrantes con válvulas, que incorporan filtros contra gases o combinados, utilizadas como equipos de protección respiratoria. No se incluyen en esta norma las medias máscaras filtrantes para gases que no tienen válvulas o que están provistas únicamente con válvulas de exhalación.

Una media máscara filtrante con válvula es aquella que cubre nariz, boca y barbilla; tiene válvulas de inhalación y exhalación. Consiste de material filtrante o, consta de un adaptador facial en el que el filtro contra gases es inseparable del equipo mientras que los filtros de partículas pueden ser sustituibles. El equipo es desechable, una vez de que el filtro se ha saturado no se espera que estén provistos de componentes de exhalación.

Tipo de medias máscaras filtrantes con válvulas contra gases:

  • FFA: Utilización contra ciertos gases y vapores orgánicos con punto de ebullición superior a 65ºC.
  • FFB: Para uso frente a ciertos gases y vapores inorgánicos.
  • FFE: Para uso frente a dioxido de azufre y otros gases y vapores ácidos.
  • FFK: Para uso frente a amoniaco y derivados orgánicos del amoniaco.
  • FFAX: Para uso frente a ciertos gases y vapores orgánicos con puntos de ebullición igual o inferior a 65ºC. Son filtros no reutilizables.
  • FFSX: Para uso frente a gases y vapres específicos.

Marcado: Las medias máscaras filtrantes con válvulas contr gases y con filtros contra partículas integrados deben identificarse con la siguiente información:

  • Nombre, marca del fabricante o proveedor.
  • Marca de identificación de tipo.
  • El tipo y clase apropiada de la media máscara filtrante con válvula con filtro de partículas integrado: “NR” si la parte del filtro de partículas es de un solo turno. “R” si la parte del filtro de partículas es reutilizable.
  • Si es aplicable la letra “D” significa que cumple los requisitos del ensayo de obstrucción que deben ser parte de la designación del tipo y clase.
  • Deben marcarse las partes o componentes con una implicación considerable.
  • El uso del código de colores es opcional.

NORMATIVA EN136:1998 (Equipos de Protección Respiratoria – Máscaras Completas)

Esta norma europea especifica los requisitos mínimos a cumplir por las máscaras completas para su utilización como equipos de protección respiratoria.

Una máscara completa es un adaptador facial que cubre los ojos, nariz, boca y barbilla. El aire penetra en la máscara a través del conector y pasa directamente a la zona de la boca y nariz.

Esta norma completa tres clases de máscaras completas, poseen diferencias en función de sus aplicaciones:

  • Clase 1: Máscara completa para utilización ligera.
  • Clase 2: Máscara completa para utilización general.
  • Clase 3: Máscara completa para utilización particular.

NORMATIVA EN149:2001 (Dispositivos de protección Respiratoria – Medias Máscaras Filtrantes de Protección frente a Partículas)

Esta norma europea especifica los requisitos mínimos que deben cumplir las medias máscaras filtrantes empleadas como dispositivos de protección respiratoria contra partículas, exceptuando las diseñadas para situaciones de escape.

Una media máscara filtrante cubra la nariz, la boca y el mentón y puede constar de válvulas de inhalación y/o exhalación. Consta de material filtrante o incluye un adaptador facil en el que el filtro es un parte inseparable de equipo. La media máscara filtrante debe garantizar un ajuste hermético. El aire penetra en la media máscara filtrante y pasa directamente a las zonas de la nariz y la boca o, si dispone de ellas, a través de una válvula de inhalación. El aire exhalado sale directamente a la atmósfera exterior. Estos dispositivos están diseñados para garantizar contra los aerosoles sólidos y líquidos.

Las medias máscaras filtrantes se clasifican en función de su rendimiento y de su fuga hacia el interior total máxima. Existen tres clases de dispositivos: FFP1, FFP2 y FFP3.

Protección cabeza

NORMATIVA EN397:1995 (Cascos de Protección para la industria)

Esta norma europea especifica los requerimientos físicos y de rendimientos, ensayos y marcados para cascos de seguridad industriales. Las características que obliga a los cascos para un uso general en la industria. Los cascos de seguridad industriales son para la protección frente a la caida de objetos y por consecuencia evitar daños cerebrales y fracturas en el cráneo.

Los cascos de seguridad industriales deben de llevar el siguiente marcado:

  • Número de la norma europea.
  • Nombre o marca de identificación del fabricante.
  • Año y trimestre de fabricación.
  • Tipo de casco (designación del fabricante). Esto debe ir marcado tanto en el casquete como en el arnés.
  • Talla o rangos de tallas (en centímetros). Esto debe ir marcado tanto en el casquete como en el arnés.
  • Abreviaturas referentes al material del casquete (ABS, PC, HDPE, etc).
  • Información opcional:
    • Muy baja temperatura (-20ºC/-30ºC)
    • Muy alta temperatura (150ºC)
    • Propiedades eléctricas (440 V a.c.)
    • Deformación lateral (LD)
    • Salpicaduras metal fundido (MM)

NORMATIVA EN50365:2002 (Cascos electrícamente aislantes para utilización en instalaciones de baja tensión)

Esta norma europea es aplicable a los cascos eléctricamente aislantes utilizados en trabajos en tensión o en proximidad de partes en tensión sobre instalaciones que no excedan de 1000 V en c.a. o de 1500 V en c.c.

Estos cascos, cuando son utilizados simultáneamente con otros equipos de protección eléctricamente aislantes, previenen del paso de una corriente peligrosa a través de las personas entrando por la cabeza. Los cascos utilizados en proximidad de instalaciones eléctricas deben ser clasificados en: Clase eléctrica 0 para utilización en instalaciones con tensión nominal de hasta 1000 V en c.a. y 1500 V en c.c.

El marcado adicional al requerido por la norma de los cascos eléctricamente aislantes debe ser el siguiente:

  • Símbolo (doble triángulo)
  • Clase
  • Número de serie o lote.

Además del marcado, cada casco debe ir acompañado de las instrucciones de utilización, conteniendo la información necesaria para la utilización, mantenimiento y riesgo inherente a los límites de la eficacia del aislamiento eléctrico según las condiciones de utilización.

NORMATIVA EN812:1998 + A1:2002 (Cascos contra golpes para la industria)

Los cascos de protección contra choques están destinados a proteger al usuario de los mismos de los efectos de golpes de su cabeza contra objetos duros o inmóviles, lo suficientemente fuerte como para provocar laceraciones u otras lesiones superficiales. No están destinados a proteger de los efectos derivdados de la caida o proyección de objetos ni de cargas suspendidas o en movimiento.

El marcado que debe de llevar en el casco de protección contra choques es el siguiente:

  • Nº norma
  • Nombre o marca del fabricante
  • Año y trimestre de fabricación
  • Tipo de casco (modelo)
  • Rango de tallas (cm)
  • Información opcional:
    • Muy baja temperatura (-20ºC/-30ºC)
    • Resistencia a la llama (F)
    • Propiedades eléctricas (440 V a.c.)

Protección manos

NORMATIVA EN420:2003 + A1:2009 (Guantes de Protección)

Esta norma europea es una norma de referencia a la que se hace mención en las normas europeas específicas relativas o aplcable a los guantes de protección. Esta norma establece los requisitos generales y los procedimientos de ensayo adecuados para la construcción y diseño del gante, resistencia de los materiales de guante a la penetración de agua, inocuidad, comodidad y eficacia, marcado e información suministrada por el fabricante aplicable a todos los guantes de protección.

Cada guante de protección debe marcarse con la siguiente información:

  • Nombre, marca o identificación del fabricante
  • Designación del guante
  • Designación de la talla
  • Cuando el guante cumpla una o más norma europeas específicas, el pictograma adecuado a la norma. Cada pictograma se debe acompañar de la referencia a la norma específica y de los niveles de prestación.

NORMATIVA EN388:2003 (Guantes de Protección contra riesgos Mecánicos)

Esta norma europea especifica los requisitos, métodos de ensayo, marcado e información que debe suministrarse para los guantes destinados a proteger de los riesgos mecánicos de abrasión, corte por cuchilla, rasgado y perforación. Esta norma debe usarse conjuntamente con la norma EN420.

Un guante de protección contra riesgos mecánicos debe tener un nivel de prestación 1 o superior para al menos una de las propiedades (abrasión, corte por cuchilla, rasgado y perforación).

Las propiedades mecánicas del guante se deben indicar mediante el pictograma para riesgos mecánicos seguido de cuatro cifras indicativas de nieveles de prestación.

Protección riesgos mecánicos

NORMATIVA EN374-1:2003 (Guantes de Protección contra los productos químicos y microorganismos)

Esta norma establece los requisitos para los guantes destinados a la protección del usuario contra los productos químicos y/o microorganismos y define los términos a usar. Esta norma debería usarse conjuntamente con la norma EN420. Esta norma no establece requisito de protección contra ningún riesgo mecánico.

Los requisitos de las prestaciones de los guantes de protección contra productos químicos y/o microorganismos son:

  • Longitud mínima impermeable a los líquidos.
  • Penetración: no deben presentar fugas.
  • Permeación, cada guante de clasifica en términos de tiempo de paso, según cada producto químico individual para el que el guante resiste.
  • Carácterísticas mecánicas: En el folleto informativo se debe indicar los niveles de prestación obtenidos para cada uno de los ensayos mecánicos descritos en la Norma EN388.

El marcado de los guantos se debe realizar de acuerdo con los requisitos indicados en la norma EN420. Se debe utilizar el pictograma apropiado.

  • Para los guantes que cumplan los requisitos indicados de penetración y permeación, se debe utilizar el pictograma químico e ir acompañado de la letra de código correspondiente.
  • Para los guantes impermeables y con protección química baja, debe incluirse el siguiente pictograma

NORMATIVA EN455 (Guantes médicos para un solo uso)

Esta norma europea especifica los requisitos y métodos de ensayo para los guantes médicos para un solo uso, es decir, guante quirúrgicos y guantes de exploración con objeto de asegurar que proporcionan y mantienen durante su uso un nivel de protección adecuado frente a la contaminación cruzada, tanto para el paciente como para el usuario. La norma EN455 consiste en las siguientes partes, bajo el título general “guantes médicos para un solo uso”:

1) Requisitos y ensayos para determinar la ausencia de agujeros
2) Requisitos y ensayos para la determinación de las propiedades físicas
3) Requisitos y ensayos para la evaluación biológica
4) Requisitos y ensayos para la determinación de la vida útil.

Protección corporal

NORMATIVA ISO13688:2013 (Ropas de Protección – Requisitos Generales)

Esta norma específica los requisitos generales de ergonomía, inocuidad, duración, envejecimiento, designación de tallas y marcado de la ropa de protección y proporciona la información que debe suministrar el fabricante.

Marcado general: cada pieza de la ropa de protección se debe marcar:

  • Las palabras informativas en la lengua oficial del país de destino.
  • Sobre el producto o en etiquetas adheridas al producto.
  • Fijadas de forma que se vean visibles y legibles.
  • Durables de acuerdo con el número previsto de procesos de limpieza.

Marcado específico: debe incluir la siguiente información:

  • Nombre, marca registrada u otro medio de identificación del fabricante o de su representante autorizado.
  • Designación del tipo de producto, nombre comercial o código.
  • Designación de la talla.
  • Número de la norma específica (EN…..)
  • Si es aplicable, el pictograma y los niveles de prestación.
  • Marcado de cuidados Las instrucciones de lavado o limpieza, preferiblemente, se deben dar de acuerdo a la norma EN 23758. Número máximo de lavados.
  • Los EPI de un solo uso deben marcarse con la frase “No reutilizable”
  • Con el pictograma especifico de cada norma, no puede aparecer solo la referencia de la norma ISO 13688, debe aparecer la norma correspondiente.

NORMATIVA ISO11612:2008 (Ropas de Protección contra el calor y la llama)

Esta norma especifica las prestaciones para las prendas fabricadas a partir de materiales flexibles, diseñadas para proteger el cuerpo del isiario, excepto las manos, del calor y/o la llama. Para la protección de cabeza y pies, los únicos elementos de protección recogidos por esta norma internacional son las polainas, capuces y cubrebotas.

Dentro de todos los riesgos incluidos en esta norma internaciones hay tres niveles:

  • Nivel 1 para indicar la exposición a un riesgo percibido bajo.
  • Nivel 2 para indicar la exposición a un riesgo percibido medio.
  • Nivel 3 para indicar la exposición a un riesgo percibido alto.

Para la protección contra la exposición extrema al calor radiante, hay un cuarto nivel que recoge el uso de materiales de altas prestaciones tales como materiales aluminizados.

Esta norma cubre un gran abanico de utilizaciones finales para lo que las prestaciones están indicadas por los diferentes índices:

A: Comportamiento a la llama, ensayos de propagación de la llama limitado (A1/A2)

B: Calor convectivo (niveles del 1 al 3)

C: Calor radiante (niveles del 1 al 4)

D: Proyecciones de aluminio fundido (niveles del 1 al 3)

E: Proyecciones de hierro fundido (niveles del 1 al 3)

F: Resistencia al calor de contacto

El marcado debe llevar la siguiente información:

  • Se debe marcar con el pictograma, incorporando el número y fecha de esta norma, así como los niveles de prestación alcanzados.
  • Todas las prendas deben ser marcados con los códigos A1/A2 y al menos con un código más B, C, D, E, o F, seguidos por un número indicando el nivel d eprestación alcanzados.

NORMATIVA EN340:2003 (Ropas de Protección)

Protección desechable

Esta norma especifica los requisitos generales de ergonomía, inocuidad, designación de tallas, envejecimiento, compatibilidad y marcado de la ropa de protección y la información que tiene que suministrar el fabricante con la ropa de protección. Esta norma no puede utilizarse sola, sino que debe utilizarse en combinación con otra norma, que contenga requisitos específicos para las prestaciones de protección.

El marcado general: se debe marcar cada pieza de la ropa de protección con la siguiente información:

  • El marcado debe de ir sobre el producto o en etiquetas adheridas al producto, fijadas de de forma visible y legible y durable de acuerdo con el número previsto de procesos de limpieza.
  • Nombre, marca o identificación del fabricante.
  • Designación del tipo de producto.
  • Designación de la talla.
  • Número de la norma específica.
  • Si es aplicable: el pictograma y los niveles de prestación. El pictograma se debe utilizar para indicar el tipo de riesgo.
  • Marcado de cuidados.
  • Los EPI de un solo uso deben marcarse con la frase “No Reutilizable”

NORMATIVA EN14605:2005 + A1:2009 (Ropas de Protección contra productos químicos líquidos)

Esta norma europea especifica los requisitos mínimos para los siguientes tipos de ropa de protección química de uso limitado y reutilizable:

  • Tipo 3: Ropa hermética a los líquidos.
  • Tipo 4: Ropa hermática a las pulverizaciones.
  • Prendas de protección parcial del cuerpo que ofrecen protección a partes específicas del cuerpo frente a la permeación de productos químicos líquidos (Tipos PB [3] y PB [4]).

Se debe marcar la ropa de protección química con al menos la siguiente información:

  • Identificación de la marca.
  • El tipo de ropa de protección químino, Tipo 3, Tipo 4 o tipo PB [3] o PB [4].
  • El número y fecha de este documento.
  • El año y el mes de fabricación.
  • El intervale de tallas.
  • Un pictograma indicando que el traje es para protección contra productos químicos.
  • Para ropa reutilizable, pictogramas de conservación, para ropa de uso limitado: “No reutilizar”.

NORMATIVA EN ISO13982-1:2004 (Ropa de Protección para uso contra partículas sólidas)

Esta parte de la Norma ISO 13982 especifica los requisitos mínimos para la ropa de protección química resistente a la penetración de partículas sólidas suspendidas en aire (TIPO 5). Estas prendas son ropa de protección del cuerpo completo. Esta parte de la Norma sólo es aplicable a partículas sólidas suspendidas en aire. Es necesario determinar la aptitud de la ropa de tipo 5 para cada sustancia química específica y los límites de exposición aceptable de cada sustancia en la relación con la fuga hacia el interior.

El material debe cumplir los mismos requisitos que los especificados en la norma EN4325 (cuadro en la norma EN14605:2005)

Se debe marcar la ropa de protección química con al menos la siguiente información:

  • Nombre o identificación del fabricante.
  • Número de tipo, identificación o modelo dado por el fabricante.
  • Tipo 5.
  • Número y fecha de publicación de esta norma.
  • Año de fabricación y el tiempo máximo de almacenamiento.
  • Designación de la talla.
  • Pictograma indicando que el traje es para protección contra productos químicos.

NORMATIVA EN13034:2005 + A1:2009 (Ropa de Protección contra productos Químicos Líquidos)

Este documento especifica los requisitos mínimos para la ropa de protección química de uso limitado y la reutilizable de prestaciones limitadas. El uso de la ropa de protección química de prestaciones limitadas está previto para los casos de exposición potencial a una pulverización ligera, aerosoles líquidos o salpicaduras de bajo volumen y presión en los que no se requiere una barrera completa a la permeación líquidos. Este documento cubre tanto a los trajes de protección química (tipo 6) como a la protección parcial del cuerpo (tipo PB [6]).

Se debe marcar la ropa de protección química con al menos la siguiente información:

  • Nombre o identificación del fabricante.
  • Número de tipo, identificación o modelo dado por el fabricante.
  • Tipo 6 para los trajes de protección química o tipo PB [6] para la protección parcial del cuerpo.
  • Número y fecha de publicación de esta norma.
  • Año de fabricación y el tiempo máximo de almacenamiento.
  • Designación de la talla.
  • Pictograma indicando que el traje es para protección contra productos químicos.

NORMATIVA EN1073:1998 (Ropas de Protección contra la contaminación Radioactiva)

Esta norma especifica los requisitos y métodos de ensayo para las ropas de protección que protege al usuario frente a la contaminación por partículas radioactivas. Esta norma no se aplica para la protección contra la radiación ionizante, ni para la protección de los pacientes contra la contaminación con sustancias radioactivas como consecuencia de diagnóstico y/o medidas terapeúticas.

El marcado de la ropa de protección debe contener la siguiente información:

  • Nombre o identificación del fabricante.
  • Número de tipo, identificación o modelo dado por el fabricante.
  • Número y fecha de publicación de esta norma.
  • Año de fabricación.
  • Designación de la talla.
  • Pictograma que se muestra

NORMATIVA EN14126:2004 (Ropa de Protección – Requisitos y Métodos de ensayo para la ropa de protección contra Agentes Biológicos)

Esta norma especifica los requisitos y métodos de ensayo para la ropa de protección contra agentes biológicos. La ropa de protección contra agentes infecciosos está diseñada para proteger frente a agentes biológicos, no sólo contra bacterias, virus y parásitos, sino también contra partículas subvirales. Este tipo de ropa pertenece a la Categoría III de los equipos de protección individual.

El marcado de la ropa de protección debe contener la siguiente información:

  • Nombre o identificación del fabricante.
  • Número de tipo, identificación o modelo dado por el fabricante.
  • Número y fecha de publicación de esta norma.
  • Año de fabricación.
  • Designación de la talla.
  • Pictograma que se muestra

NORMATIVA EN1149-5:2008 (Ropas de Protección – Propiedades Electroestáticas)

Esta norma europea especifica los requisitos para los materiales y el diseño de la ropa de protección con disipación electrostática, usada como parte de un conjunto completo puesto a tierra, para evitar descargas indenciarias. Estos requisitos pueden no ser suficientes en atmósferas enriquecidas con oxígeno. Esta norma consta de las siguientes partes bajo el título general de “ropas de protección. Propiedades electrostáticas:

  • 1) Método de ensayo para la medida de la resistividad superficial.
  • 2) Método de ensayo para medir la resistencia eléctrica a través de un material.
  • 3) Método de ensayo para determinar la disipación de la carga.
  • 4) Ensayo de una prensa.
  • 5) Requisitos de comportamiento de material y diseño.

El marcado de la ropa de protección debe contener la siguiente información:

  • Nombre o identificación del fabricante.
  • Número de tipo, identificación o modelo dado por el fabricante.
  • Número y fecha de publicación de esta norma.
  • Año de fabricación.
  • Designación de la talla.
  • Pictograma que se muestra.

Protección otros equipos / cortinas

NORMATIVA EN ISO 25980:2014 (Seguridad e higiene en el soldeo y procesos afines – Cortinas, lamas y pantallas transparentes para procesos de soldeo por arco)

Esta norma internacional especifica los requisitos de seguridad para las cortinas, lamas y pantallas transparentes utilizadas para la protección de los lugares de trabajo cercanos a zonas donde se utilizan procesos de soldeo por arco. Estos elementos están destinados a proteger al personal que no está involucrado en el proceso de soldeo, del peligro de las emisiones de radiación y de las proyecciones producidas por el arco de soldeo.

Debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Transmitancia: En el rango de longitudes de onda entre 400 nm hasta 1 400 nm, el índice de riesgo G debe ser inferior a 1.
  • Reflectancia: el factor de reflexión comprendido entre 230 nm y 400 nm debe ser inferior al 10%. El factor de reflexión luminoso debe ser inferior al 10%.
  • Estabilidad a los UV: La variación relativa del factor de transmisión en el visible no debe ser mayor de ± 20%.
  • Resistencia a la combustión.
  • Resistencia a los ojales.

Para una correcta identificación y utilización de las cortinas, lamas y pantallas para el soldeo, éstas deben marcarse de forma permanente. El marcado debe estar visible, con letras de al menos 10mm de altura. El marcado consiste en el número de la norma, la marca de certificación. El nombre del fabricante y el mes y año de fabricación.